Lineamientos para profesionales de la salud y referidores.
Estos términos aplican para los profesionales de la salud, instituciones médicas y empresas que utilicen los portales de interacción, radicación y referencia de pacientes de la Cooperativa de Salud San Esteban CTA.
Todo médico o profesional referidor debe contar con su registro profesional vigente (REPS) y diligenciar los formatos de referencia garantizando la veracidad de la información clínica del paciente.
El profesional referidor se compromete a mantener la confidencialidad de los datos clínicos compartidos a través de nuestros canales, cumpliendo estrictamente con la Ley 23 de 1981 (Ética Médica) y la Resolución 1995 de 1999 (Historia Clínica).
El acceso a sistemas como GHIPS o portales de radicaciones electrónicas es exclusivo para personal autorizado. La contraseña es intransferible y el profesional es responsable de los registros ingresados bajo su usuario.
La facturación de servicios prestados a usuarios de la IPS se realizará conforme a los contratos vigentes con las EPS y entidades aseguradoras. Los soportes clínicos deben entregarse de manera oportuna para auditoría.